GAS LICUADO EN EDIFICIOS:
DÓNDE Y CÓMO SE PUEDE MANTENER UN BALÓN
Aún persisten dudas en torno a qué dicen las normas sobre la mantención de cilindros de GLP en edificios. Conozca lo que se permite y lo que se prohíbe, y las condiciones para ello.
Tener un balón de gas licuado en un departamento es motivo de preocupación para muchos vecinos de edificios, debido a que todavía no tienen claridad respecto a dónde y en qué circunstancias se pueden ocupar.
Por ello, la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) determinó hace un año aclarar las normas existentes en relación con el uso de balones de gas en edificios, señalando que sólo se permite el uso de cilindros en edificios siempre y cuando sea en estufas móviles rodantes.
Esto significa que, si vive en un edificio, no puede usarse el cilindro conectado a la cocina ni al calefón.Una de las explicaciones para esto es que las estufas móviles pueden ser desplazadas en caso de emergencia, mientras que al dejar un cilindro en una conexión fija, es necesario -por ejemplo, ante un incendio- primero desconectarlo para evitar fugas.
Eso es más engorroso y complicado.De todas maneras, la Superintendencia recomienda que sólo se usen cilindros en estufas móviles sólo si no hay otra opción para calefaccionar un departamento.
Ello, porque también se torna riesgosa la acumulación de balones en edificios de altura, sobre todo si no se sabe exactamente dónde están ubicados.Viviendas sociales: la excepciónLa única excepción la constituyen los edificios de hasta 6 pisos de viviendas sociales, es decir -de acuerdo con la definición que da el Ministerio de la Vivienda a éstas-, "la vivienda económica de carácter definitivo, destinada a resolver los problemas de la marginalidad habitacional, cuyo valor de tasación no sea superior a 400 UF".
Ahí se puede tener cilindro, pero en condiciones muy estrictas.Por ejemplo, se establece que el cilindro debe quedar protegido en un gabinete construido de un material resistente al fuego y una puerta hermética. También se señala que no puede ser una conexión directa, sino a una red de características especiales establecidas en el Oficio Circular N° 4351 del 3 de julio de 2001.
EN CUANTO AL USO DE CILINDROS CONECTADOS A COCINA O CALEFON, OBEDECE A UN CONCEPTO DE GASTO, EN CONTRAPOSICION AL USO DE GAS DE CAÑERIA, LO QUE INDUCE A UTILIZAR UN CONSUMO DE GAS PARA LOS ARTEFACTOS ALUDIDOS, INCURRIENDO EN LA MAYORIA DE LAS VECES EN RIESGO PARA EL RESTO DE LAS UNIDADES HABITACIONALES POR DESCONOCIMIENTO Y FALTA DE DISCIPLINA PARA ASUMIR UNA UTILIZACION RESPONSABLE Y CON CONOCIMIENTO DE LOS RIESGOS QUE ELLO CONTRAE.
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